La unificación de canales de denuncias y los protocolos de acoso
El día 1 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, siendo de directa aplicación desde el 1 de marzo del 2024.
El objetivo de esta nueva ley es, según sus propias palabras, «desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (en adelante, LGTBI) erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad.»
Con este objetivo, el legislador impone, en el contexto del ámbito laboral, una serie de medidas obligatorias destinadas a garantizar la igualdad de trato de las personas LGTBI, tanto para las entidades privadas con más de cincuenta empleados, como para las administraciones públicas, tales como:
- Incluir a las personas LGTBI en los planes de igualdad y no discriminación.
- Elaborar un protocolo de actuación, consensuado y pactado mediante negociación colectiva, para la detección del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
- Impartir formación inicial y continuada en materia de diversidad sexual, igualdad y no discriminación.
- Adaptar un canal de denuncias para las situaciones de acoso.
- Impulsar la elaboración de códigos éticos y protocolos en las Administraciones públicas y en las empresas que contemplen medidas de protección frente a toda discriminación por razón de las causas previstas la ley.
A este respecto, habría que destacar que la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción impone a las entidades públicas y privadas con más de cincuenta empleados la creación de un sistema interno de información o canal de denuncias que permita a los informantes denunciar cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea.
En este sentido, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.2.d) de la Ley, existe la posibilidad de unificar los canales de denuncias por un mismo medio, integrando el canal de prevención del acoso ya mencionado, dentro del mismo sistema interno de información. Dicha unificación ayuda a mejorar la gestión de la situación y, sobre todo, a elevar el nivel de la protección del informante que utilice el canal de denuncias previsto dentro de cualquier protocolo de acoso.
En Govertis trabajamos en el diseño e implementación de la gestión y cumplimiento de las obligaciones contenidas en la referida ley, y en especial, en las derivadas de la creación de un sistema interno de información e implantación de un canal interno de información (canal de denuncias) que cumpla con las disposiciones de ambas leyes, contando con un servicio especializado en la materia que incluye, entre otros:
- La herramienta para la gestión de las denuncias.
- La creación de la documentación relativa al sistema interno de información.
- Servicio de consultoría con un equipo especializado en la materia para la gestión de las denuncias.
- Formación tanto a directivos como a empleados.
Centro de Competencia de Compliance
Govertis, parte de Telefónica Tech
Expertos en Ciberseguridad, Privacidad, IT GRC y Cumplimiento Normativo unificando la perspectiva Legal y Tecnológica.